· Decreto Ejecutivo Nº
37906-MP-MCM establece que es interés prioritario de este Gobierno el
fortalecimiento de la intervención institucional dirigida a la
protección y promoción de los derechos humanos de las mujeres desde
una perspectiva integral, mediante el desarrollo de capacidades del
Estado y de la sociedad costarricense, para garantizar a las mujeres
el ejercicio pleno de su ciudadanía en el ámbito político, social,
económico y cultural; así como el desarrollo de políticas públicas
tendientes a asegurar la igualdad entre mujeres y hombres, en todos
los aspectos del quehacer humano.
· Este decreto, en su artículo 1 plantea:
Creación y fortalecimiento de las Unidades para la Igualdad de
Género. A partir de la publicación de este decreto y dentro del plazo
de un año, todas las instituciones del sector público que no cuenten
con Unidades para la Igualdad de Género u otro mecanismo, tales como
programas, comisiones, secretarías u otros, deberán incluirlas dentro
de su estructura organizacional, de preferencia en instancias de toma
de decisiones, con injerencia en la planificación institucional y
conforme a la normativa vigente, propia de cada institución.
· A estas instancias, según se establece se le
deberá de dotar de los recursos financieros humanos y materiales que
le permitan cumplir con sus funciones, incorporándolo en los planes
anuales operativos
· Política Nacional para la Igualdad Efectiva
entre Mujeres y Hombres. PIEG 2018-2030-
· Política Nacional de desarrollo Rural
territorial 2015-2030 que establece como uno de sus principios
orientadores la igualdad de género y la inclusión social.
· Decreto N° 37906-MP-MC (2013), “Creación de
Unidades para la Igualdad de Género y de la Red Nacional de Unidades
de Igualdad de Género.
· Directriz Ministerial DM-165-14 (2014), para
que las instituciones que conforman el sector agropecuario incluyan
al menos la variable sexo en todos los registros e información.
· Decreto N°
38733-MEIC-MCM-MAG-MTSS-MICIT-MDHIS (2015), Estimulo a la Empresariedad para el Fortalecimiento Social y
Económico de las Mujeres.
· Política Regional para la Igualdad de
género: Que establece compromisos dentro de la Región SICA y
específicamente al sector agropecuario en materia de Igualdad de
género.
· Compromisos institucionales COMMCA-SICA-CAC
que insta a las Coordinaciones Nacionales de los países de la CELAC a
que se eleve la estrategia de género para la implementación del Plan
SAN-CELAC 2025, a la V Cumbre de las jefas y Jefes de Estados de la
CELAC para su adopción e implementación, con el fin de construir los
puentes necesarios para garantizar el empoderamiento de las mujeres
rurales y el desarrollo del sector agropecuario desde un enfoque de
género.
· Convención de las Naciones Unidas para la
eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer,
(CEDAW) y su Protocolo Facultativo. Convención de 1979, ratificado
como Ley de la República en 198$ que advierte a los Estados Partes
para adoptar todas las medidas apropiadas para aumentar y fortalecer
la participación de las mujeres en el diseño y ejecución de planes de
desarrollo local y proyectos y programas del sector agropecuario con
el fin de eliminar la discriminación contra la mujer en las zonas
rurales y asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y
mujeres.
· Declaración de Beijing 1995 plantea la
necesidad de “Promover la independencia económica de la mujer,
incluido su empleo, y erradicar la carga persistente y cada vez mayor
de la pobreza que recae sobre las mujeres, combatiendo las causas
estructurales de esta pobreza mediante cambios en las estructuras
económicas, garantizando la igualdad de acceso a todas las mujeres,
incluidas las de las zonas rurales, como agentes vitales del
desarrollo, a los recursos productivos, oportunidades y servicios
públicos”, así mismo, plantea “Formular y aplicar políticas y
programas que proporcionen a las agricultoras y pescadoras (incluidas
las agricultoras y productoras de subsistencia, especialmente en las
zonas rurales) mejor acceso a servicios financieros, técnicos, de
extensión y de comercialización; proporcionar control de las tierras
y acceso a ellas e infraestructura y tecnología apropiadas a fin de
elevar los ingresos de la mujer y promover la seguridad alimentaria
en el hogar, sobre todo en las zonas rurales, y, donde proceda,
alentar la creación de cooperativas de mercado pertenecientes a los
productores”.
Consenso Brasilia (2010) solicita:
garantizar el acceso de las mujeres a activos productivos, incluidos
la tierra y los recursos naturales, y el acceso al crédito
productivo, tanto urbano como rural y entre otras cosas: hacer bases
de datos desagregados por sexo,
adoptar e implementar medidas para que los servicios de
extensión agropecuaria y asistencia técnica se adecuen a las
necesidades específicas de las mujeres rurales, indígenas y
afrodescendientes, considerando adecuadamente los aspectos de su desarrollo personal y social.
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