PROCEDIMIENTO
EXONERACIONES DE IMPUESTOS
1. PROPÓSITO
1.1. Establecer las disposiciones y actividades para atender las solicitudes de las personas físicas y jurídicas, que requieren acogerse a los beneficios de exoneración de los impuestos de importación a la maquinaria, equipo e insumos utilizados en la actividad agropecuaria.
2. DESCRIPCIÓN
2.1. Este documento consta de los siguientes apartados:
· Apertura de expediente para exoneración de impuestos (2.3.)
· Estudios técnicos de la procedencia de solicitudes (2.4.)
· Atención de propuestas de solicitud de contrato (2.5.)
2.2. La aplicación de este documento es responsabilidad de:
· Jefe/a de la Secretaría Técnica de Exoneraciones
· Analista de la STE
· Comisión Técnica de Exoneraciones CTE (integrada por un representante del MAG, un representante del Ministerio de Hacienda, un representante del MEIC, un representante de la Cámara de Exportadores de Costa Rica y la Cámara de Agricultura y Agroindustria.
· Cliente beneficiario/a
2.3. Apertura de expediente para exoneración de impuestos:
2.3.1. El/la Cliente beneficiario/a, entrega a Apoyo Administrativo de otras oficinas, los documentos requeridos para apertura de expediente ante la Secretaría Técnica de Exoneraciones, con el fin de acogerse al beneficio de exoneración que contempla la 7E07, Ley 7293 artículo 5° y el 7E08, Decreto Ejecutivo 34706 MAG-H-MEIC.
2.3.2. Apoyo Administrativo de otra oficina, recibe los documentos de solicitud de apertura de expediente, coloca sello de recibido, lo anota en el control de ingreso y lo clasifica como una apertura de expediente para acogerse a los beneficios de exoneración según 7E07, Ley 7293 artículo 5°, y se lo traslada al Jefe/a de la Secretaría Técnica de Exoneraciones.
2.3.3. El Jefe/a de la STE, revisa el expediente y la solicitud, y los remite al/la Analista de la STE.
2.3.4. El/la Analista de la STE recibe el expediente, revisa el campo de actividad, analiza el tipo de equipo, maquinaria o insumo que se requiere exonerar, confecciona el estudio con recomendaciones, y se lo traslada al Jefe/a de la STE.
2.3.5. El Jefe/a de la STE, revisa y analiza las recomendaciones del estudio, emite la resolución respectiva, y remite a Apoyo Administrativo de otra oficina.
2.3.6. Apoyo Administrativo de otra oficina, notifica la resolución al/la Cliente beneficiario/a, crea y archiva la carpeta para el expediente físico.
2.3.7. El/la Cliente beneficiario/a, se presenta a la Secretaría Técnica de Exoneraciones y recibe la notificación de la exoneración aprobada o rechazada, y FIN.
2.4. Estudios técnicos de la procedencia de solicitudes:
2.4.1. El/la Cliente beneficiario/a, entrega a Apoyo Administrativo de otra oficina, los formularios 7E30, EXI-001 Solicitud y autorización de exención concreta de tributos de importación y/o 7E31, EXI-004 Solicitud y autorización de exención genérica de tributos de importación, adjunta 7F10, Control ingreso de análisis de solicitudes, y anota en ambos el número de folio asignado, esto para los casos en que se presenta de manera física, ya que existe el sistema electrónico denominado EXONET, mediante el cual pueden realizar el trámite en línea.
2.4.2. Al día siguiente Apoyo Administrativo de otra oficina, elabora la 7F07, Control de traslado para revisión de solicitudes, y la envía junto con los formularios al Jefe/a de la STE.
2.4.3. El Jefe/a de la STE, revisa y distribuye los 7E30, EXI-001 Solicitud y autorización de exención concreta de tributos de importación y/o 7E31, EXI-004 Solicitud y autorización de exención genérica de tributos de importación entre los/las Analistas.
2.4.4. El/la Analista de la STE, realiza estudio técnico y legal del formulario asignado, emite recomendación, y lo traslada al Jefe/a de la STE.
2.4.5. El Jefe/a de la STE, revisa y firma los 7E30, EXI-001 Solicitud y autorización de exención concreta de tributos de importación y/o 7E31, EXI-004 Solicitud y autorización de exención genérica de tributos de importación, y los remite a Apoyo Administrativo de otra oficina.
2.4.6. Apoyo Administrativo de otra oficina, recibe los formularios, pone sello de aprobación o rechazo de la solicitud, y espera al/la Cliente beneficiario/a para que lo retire con la copia del formulario de recibido.
2.4.7. El/la Cliente beneficiario/a retira el 7E30, EXI-001 Solicitud y autorización de exención concreta de tributos de importación y/o 7E31, EXI-004 Solicitud y autorización de exención genérica de tributos de importación, y FIN.
2.5. Atención de propuestas de solicitud de contrato:
2.5.1. El/la Cliente beneficiario/a, entrega a Apoyo administrativo de otras oficinas, la propuesta para la suscripción de un contrato que regula el artículo 18 del 7E08, Decreto Ejecutivo 34706 MAG-H-MEIC.
2.5.2. Apoyo Administrativo de otra oficina, recibe los documentos de la propuesta para ser conocida por la Comisión Técnica de Exoneraciones, sella el recibido, los anota en el 7F07, Control de traslado para revisión de solicitudes, según 7E07, Ley 7293 artículo 5°, y los traslada al Jefe/a de la STE.
2.5.3. El Jefe/a de la STE revisa la nota de solicitud, elabora el pre-análisis de la propuesta presentada, y la remite a los miembros de la CTE.
2.5.4. Los miembros de la CTE, reciben la propuesta presentada por el beneficiario/a para la suscripción de un contrato, emiten el acuerdo con las recomendaciones técnicas de la propuesta, ya sea rechazo o aprobación, y la remiten al Jefe/a de la STE.
2.5.5. El Jefe/a de la STE prepara los acuerdos para la notificación al/la Cliente beneficiario/a, y los remite a Apoyo Administrativo de otra oficina.
2.5.6. Apoyo administrativo de otra oficina, notifica el acuerdo tomado por CTE al/la Cliente beneficiario/a, crea y archiva la carpeta para el expediente físico.
2.5.7. En caso de aprobación, el Jefe/a de la STE, elabora el contrato para la firma del Cliente beneficiario/a, el Ministro/a del MAG y de Hacienda.
2.5.8. Apoyo Administrativo de otra oficina, recibe el contrato firmado por las partes, y lo remite al Cliente beneficiario/a.
2.5.9. El/la Cliente beneficiario/a retira el contrato junto con el formulario 7E30, EXI-001 Solicitud y autorización de exención concreta de tributos de importación y/o 7E31, EXI-004 Solicitud y autorización de exención genérica de tributos de importación debidamente refrendado.
3. DOCUMENTOS DE REFERENCIA
7E07, Ley 7293
7E08, Decreto Ejecutivo 34706 MAG-H-MEIC
7E30, EXI-001 Solicitud y autorización de exención concreta de tributos de importación
7E31, EXI-004 Solicitud y autorización de exención genérica de tributos de importación
7F07, Control de traslado para revisión de solicitudes
7F10, Control ingreso de análisis de solicitudes
4. CONTROL DE VERSIONES
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JEFE/A DE ÁREA |
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MINISTRO/A |
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