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Dirección Superior de Operaciones Regionales y Extensión Agropecuaria

Programa de Reconocimiento de Beneficios Ambientales:

 

Incentivos para el fomento de la producción agropecuaria orgánica según ley 8591:

 

El Ministerio de Agricultura y Ganadería realiza las gestiones para contar con recursos para el pago Reconocimiento de Beneficios Ambientales a las personas físicas y jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos por la ley 8591 y su reglamento.

 

Las organizaciones de productores o los productores en forma individual, orgánicos o en transición, que deseen acogerse al incentivo de Reconocimiento de Beneficios Ambientales en el marco de la ley 8591, deben presentar la solicitud y los demás documentos requeridos, en la sede de la Unidad Técnica, en el segundo piso del edificio del MAG en La Sabana.

 

(Aviso importante: La recepción de solicitudes para el Reconocimiento de Beneficios Ambientales correspondientes al período 2011-2012.

 

La Unidad Técnica para el Reconocimiento de Incentivos para la Agricultura Orgánica en su sesión N°18 celebrada el 06 de Setiembre 2011 acuerda: Las solicitudes para el Reconocimiento de Beneficios Ambientales en el marco de la ley 8591, correspondientes al período 2011-2012 se recibirán en la oficina del Departamento de Producción Sostenible ubicado en el segundo piso del edificio del MAG en La Sabana, a partir del 26 de Setiembre y hasta el 25 de Noviembre. Las solicitudes deberán ser entregadas con la documentación completa según corresponda.

 

 

Los requisitos son los siguientes.

 

Para solicitudes hechas por productores individuales.

 

1. Solicitud para acogerse al Reconocimiento de Beneficios Ambientales

2. Documento que lo acredita como productor orgánico o en transición

3. Formulario AI-01

4. Plan de manejo

5. Fotocopia de cédula de identidad por ambos lados

6. Certificación de cuenta cliente

 

Para solicitudes hechas por Organizaciones de Productores.

 

1. Solicitud para acogerse al Reconocimiento de Beneficios Ambientales

2. Documento que lo acredita como Grupo Orgánico o en transición

3. Formulario GPO-01

4. Plan de manejo

5. Original de certificación de personería jurídica

6. Certificación de cuenta cliente

7. Certificación de estar al día con la Caja del Seguro Social. En el caso de Organizaciones que no tienen personal contratado, se presenta una certificación autenticada por un abogado que haga constar que no tiene personal contratado.

 

La información y los formularios también pueden ser solicitados en las Agencias de Servicios Agropecuarios.

 

 

 

Será un gusto atender sus inquietudes y necesidades de información en los números telefónicos 2291-4621 o 2231-6329, con la Sra. Rosi López, Sr. Rafael Mena Villavicencio o el Sr. Roberto Azofeifa Rodríguez.

 

 

Miembros de Unidad Técnica 2.JPG

Miembros de la Unidad Técnica: Jorge Ulate Zúñiga, Rafael Mena Villavicencio, Benilda Segura Rodríguez, Raberto Azofeifa Rodríguez y Juan Luis Salas Villalobos.

Documentos de interés:

          Ley 8591. Ley de Desarrollo, Promoción y Fomento de la Actividad Agropecuaria Orgánica.

         Reglamento de la Ley 8591, Decreto 35242..

          Formulario para la solicitud de Reconocimiento de Beneficios Ambientales al amparo de la ley 8591.

          Procedimiento aplicado en el caso de la solicitud de Reconocimiento de Beneficios Ambientales al amparo de la ley 8591.

          Formulario de información general AI-01.

          Formulario de información general GPO-01.

          Formulario para la solicitud de recomendación de incentivos fiscales al amparo de la ley 8591.

          Formulario para la solicitud de recomendación para la exoneración del impuesto de ventas al amparo de la ley 8591.

 

·         Documentación requerida para el trámite de exoneración de bienes importados en el marco de la ley 8591.

·         Lista de beneficiarios del Reconocimiento de Beneficios Ambientales en el periodo 2010-2011.

·         Lista de beneficiarios del Reconocimiento de Beneficios Ambientales en el periodo 2009-2010.

·         Fondos asignados.

·         Reglamento al artículo cinco de la Ley Nº 7293, denominada “Ley Reguladora de todas las Exoneraciones vigentes, su Derogatoria y Excepciones” Nº 34706-MAG-H-MEIC.

·         Resolución para adicionar al Decreto Ejecutivo N° 34706-MAGH-MEIC, el Anexo IV denominado: "Lista de Maquinaria, Equipo e Insumos para la Producción e Industrialización de Productos Orgánicos".

 

 

Agredecemos toda sugerencia para mejorar este servicio,
remitir su mensaje a sunii@mag.go.cr
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