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Oficina de enlace MAG-UCR |
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Bases de datos: |
TESIS De Instituciones de Enseñaza Superior. (UCR-UNA-ITCR-SANTA CLARA- ITCR-CARTAGO-EARTH) |
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Teléfonos: Oficina en el MAG: 290-5463 / 231-2344 ext 230 / fax: 231-2062 Oficina en UCR: 207-3421 / Fax: 225-9694 Apartado postal: 10094-1000 San José-Costa Rica
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CV-07-99 CONVENIO COOPERATIVO ENTRE EL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA Y LA UNIVERSIDAD DE COSTA RICA PARA LA MODERNIZACION EN EL MANEJO DE INFORMACION TECNICA AGROPECUARIACONVENIO COOPERATIVO ENTRE EL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA Y LA UNIVERSIDAD DE COSTA RICA PARA LA MODERNIZACION EN EL MANEJO DE INFORMACION TECNICA AGROPECUARIA Entre nosotros, el Ministerio de Agricultura y Ganadería, representado por Esteban Brenes Castro, mayor, casado, doctor en Economía Agrícola, vecino de San Rafael de Escazú, con cédula de identidad número 1-485-253, en mi condición de Ministro de Agricultura y Ganadería, en adelante denominado "EL MINISTERIO". Nombramiento según decreto ejecutivo No. 26844-P del 8 de mayo de 1998, publicado en la Gaceta de ese mismo día y ese mismo año y la Universidad de Costa Rica, representada por Gabriel Macaya Trejos, mayor, casado, doctor en Biología, vecino de Los Yoses en el Cantón Central de San José, con cédula de identidad número 1-351-249, en mi calidad de Rector de La Universidad de Costa Rica, en adelante llamada "LA UNIVERSIDAD". Nombramiento realizado por la Asamblea Colegiada Plebiscitaria del 26 de abril de 1997, considerando: Que EL MINISTERIO a través del Sistema de Extensión Agropecuaria y del Sistema Unificado de Información Institucional, es el encargado de llevar a las distintas regiones del país la información necesaria para que los agricultores y productores nacionales puedan realizar su proceso de actualización tecnológica de sus sistemas de producción. Que el MINISTERIO cuenta dentro de su estructura con el Sistema Unificado de Información Institucional (SUNII), que es el encargado de recopilar, organizar y brindar el servicio de información. Que el SUNII es el coordinador de la Red Nacional de Información Agropecuaria (REDNIA), que procesa la bibliografía agropecuaria nacional. Que para alcanzar a cabalidad el objetivo fundamental del sistema de extensión agropecuaria del país es necesario que los profesionales, técnicos, estudiantes y productores, tengan acceso a la investigación e información agropecuaria, actualizada por alguno de los medios tradicionales, o por medios electrónicos de acceso público. Que la información producto de la investigación y experimentación agrícola, así como la información proveniente de la investigación bibliográfica, constituye un insumo de enorme importancia para impulsar el proceso de innovación tecnológica constante que requiere todo sistema de producción agrícola. Que LA UNIVERSIDAD a través de sus acciones de Docencia, Investigación y Acción Social, así como producto de los procesos de capacitación constante de su personal docente, genera gran cantidad de información técnica de importancia para el proceso de innovación tecnológica de los sistemas de producción agrícola. Que la mayoría de la información que producen la Facultad de Agronomía de LA UNIVERSIDAD y EL MINISTERIO, tiene carácter público. Que el Sector Agropecuario requiere de la información técnica que produce LA UNIVERSIDAD y EL MINISTERIO para ser transferida e incorporada en procesos tecnológicos. ACORDAMOS: Firmar el presente convenio cooperativo que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: Objetivos del convenio Contribuir con el mejoramiento de los sistemas de producción agropecuaria de Costa Rica, poniendo a disposición del país la información actualizada sobre los resultados de la investigación, literatura, legislación, registro de insumos y las últimas técnicas de producción que generen EL MINISTERIO y LA UNIVERSIDAD. Establecer una Oficina de Enlace MAG-UCR que se encargue de desarrollar las acciones necesarias para garantizar un flujo rápido, constante y oportuno de la información técnica agropecuaria que produce LA UNIVERSIDAD a través, entre otras instancias, de la Facultad de Agronomía, y EL MINISTERIO a través del SUNII y de todas las Direcciones Técnicas. SEGUNDA: Funciones de la Oficina de Enlace MAG-UCR Inicialmente, entre las principales acciones que desarrollará la Oficina de Enlace MAG-UCR están: Publicar en INTERNET, por medio del servidor Web de la Oficina de Enlace MAG-UCR que para tal efecto se tendrá en la Facultad de Agronomía de LA UNIVERSIDAD, las tesis de grado y postgrado que se presenten en la Facultad de Agronomía a partir de 1999 y resúmenes de tesis de 1988 a 1998, de igual forma se hará con los informes parciales y finales de proyectos de investigación y acción social de carácter público que desarrollan los profesores de las cuatro escuelas de la Facultad de Agronomía, así como aquellos trabajos de investigación bibliográfica, que a juicio de los profesores de postgrado y grado se consideren aptos para ser puestos a disposición del público a través de INTERNET. Por su parte, EL MINISTERIO aporta información de investigación, bibliografía agropecuaria nacional, legislación agraria y registro de insumos. EL MINISTERIO, en consulta con cada una de las Agencias de Servicios Agropecuarios suministrará a LA UNIVERSIDAD, por medio de la Oficina de Enlace, listas de temas bibliográficos de investigación de su interés, las cuales podrían orientar el accionar de profesores o estudiantes de la UCR. Una vez ejecutadas las acciones citadas en este documento, la Oficina de Enlace MAG-UCR podrá iniciar, previo acuerdo y amparado dentro del marco de este convenio, cualquier otro tipo de acciones tendientes a fortalecer el cumplimiento de los objetivos. TERCERA: Establecimiento y operación de la Oficina de Enlace MAG-UCR Las Acciones de la Oficina de Enlace MAG-UCR estarán coordinadas dentro del marco que este convenio establece por una Comisión Interinstitucional formada por tres miembros de cada institución y nombrados por períodos de tres años por el Ministerio de Agricultura y por períodos anuales por el Decano de la Facultad de Agronomía: todos podrán ser reelectos. La Oficina de Enlace MAG-UCR tendrá dos sedes: una ubicada en el edificio central de la Facultad de Agronomía en el Campus Rodrigo Facio en San Pedro de Montes de Oca, en lo que se refiere a LA UNIVERSIDAD y otra en las instalaciones del SUNII, edificio MAG, Sabana Sur, en lo que se refiere al MINISTERIO. LA UNIVERSIDAD se compromete a brindar espacio físico y servicios de correo, teléfono y consejería, necesarios para el establecimiento de la Oficina en la Facultad de Agronomía y EL MINISTERIO pone a disposición las instalaciones del SUNII y se compromete a brindar los mismos servicios arriba indicados. EL MINISTERIO se compromete a designar el personal necesario para la ejecución del convenio en la Oficina de Enlace; además asignar el presupuesto de operación necesario que apoye las acciones que ambas partes acuerden ejecutar. LA UNIVERSIDAD y EL MINISTERIO se comprometen a tomar las acciones administrativas necesarias para garantizar y facilitar el suministro permanente y constante de la información en forma de archivos electrónicos a la Oficina de Enlace MAG-UCR. LA UNIVERSIDAD, por medio de la Facultad de Agronomía y hasta donde sus recursos permitan, se compromete a poner a disposición de la Oficina de Enlace MAG-UCR, todo lo necesario para conectar el servidor de dicha oficina, al anillo de fibra óptica de LA UNIVERSIDAD para permitirle tener acceso directo a INTERNET. EL MINISTERIO se compromete a aportar un servidor de rendimiento intermedio de acuerdo con las especificaciones del Centro de Informática de LA UNIVERSIDAD. LA UNIVERSIDAD, por medio del Centro de Informática se compromete a capacitar a dos Encargados de Recursos Informáticos Desconcentrados de la Facultad de Agronomía de LA UNIVERSIDAD en cuanto a: Instalación y configuración del software de acceso a INTERNET. Instalación, configuración y mantenimiento del sistema operativo del servidor Web de la Oficina de Enlace MAG-UCR. LA UNIVERSIDAD, por medio del Centro de Informática se compromete, dentro de sus posibilidades, a asesorar al personal de la Facultad de Agronomía que estará designado en la Oficina de Enlace MAG-UCR, en el uso de aplicaciones Web que involucren motores de bases de datos como Oracle, Sybase y SQL, así como en las plataformas de desarrollo que utiliza el Centro de Informática. CUARTA: Modificaciones El presente convenio podrá ser modificado en cualquiera de sus cláusulas, por medio de acuerdo escrito entre las partes. QUINTA: Previsiones En lo no previsto o estipulado expresamente en este convenio de cooperación, se regirá por las disposiciones vigentes en Costa Rica que regulan lo relativo a los convenios celebrados por la administración pública. SEXTA: Vigencia La vigencia del convenio será por cinco años a partir del refrendo de la Contraloría General de la República. SETIMA: Resolución anticipada Cuando existan razones justificadas de incumplimiento de lo establecido en el presente convenio. LA UNIVERSIDAD o EL MINISTERIO podrán poner término al mismo, notificando por escrito a la otra parte la resolución del convenio, con al menos un mes de anticipación. Leído lo escrito, lo encontramos conforme, lo aprobamos y firmamos en la ciudad de San José a las ocho horas del quince de mayo de mil novecientos noventa y nueve.
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